Maternidad y excedencia

El art. 46.3 del ET establece que “Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque éstos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa”.

La crisis dificulta la conciliación laboral y familiar de los vascos

Las posibilidades y oportunidades que tienen los ciudadanos vascos de compatibilizar sus obligaciones laborales con las necesidades propias del ámbito personal y familiar, lo que se conoce como conciliación, también se han visto afectadas por la crisis económica, que dificulta ese equilibrio imponiendo aumentos de jornada, reducción de la flexibilidad horaria e incrementando las reticencias a solicitar permisos y excedencias por motivos familiares.

Los hogares españoles, en desigualdad

La brecha existente entre hombres y mujeres en el cuidado del hogar y la familia no es insalvable, pero continúa siendo notable. Así se desprende del Boletín Estadístico del Instituto de la Mujer, recientemente publicado, y en el que se asegura que, si bien “la corresponsabilidad familiar avanza, sigue siendo una asignatura pendiente”. Y es que el peso de las cifras deja lugar a pocas dudas.