¿Qué pasa con la vivienda de estas parejas cuando deciden separarse? Cuando el inmueble es de los dos o de uno de ellos, el artículo 96 del Código Civil dice que el uso y disfrute es para los menores, independientemente de quien sea el propietario de la casa familiar. “En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el Juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden”.





