El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que fija doctrina para un reparto equitativo entre progenitores separados de cargas del régimen de visitas a los hijos cuando residen en localidades muy distantes, que establece que ambos realicen los traslados y no solo el que no es custodio.
El TS establece que los separados deben repartirse los traslados con sus hijos

Se fija esta doctrina ante la existencia de posiciones dispares en las Audiencias provinciales.
Fuente: La Vanguardia, 4 de julio 2014
Fuente: La Vanguardia, 4 de julio 2014