Una regla determinará la pensión de los hijos en caso de divorcio

El “sistema de tablas” se usa desde hace años en algunos países de nuestro entorno como Canadá, Noruega y Alemania.

Fuente: J. V. E., R. C. y F. V. - La Razón, 10 de julio 2013

“La cuantía de los alimentos será proporcionada al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe”. Así reza el artículo 146 del Código Civil. El único que se aproxima a la cuantificación de las pensiones alimenticias en caso de divorcio. Hasta la fecha, algunos jueces dictaminaban las pensiones en función de las pruebas que presentaba cada cónyuge; otros, según las tablas de pensión de alimentos ideadas por José Luis Utrera Gutiérrez, juez de familia de Málaga.




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